¿Qué debes tener en cuenta para redactar el testamento?Antes de fallecer una persona, puede elaborar un testamento; se debe hacer personalmente, pues es un acto indelegable, es decir, no se puede hacer por apoderado o interpuesta persona. En este documento, el testador dispone cómo va distribuir sus bienes, respetando siempre los órdenes sucesorales, a manera de ejemplo, el padre puede disponer la forma como se repartirán sus bienes, entre sus hijos en la misma proporción.
En este testamento el otorgante también puede disponer de la cuarta parte, denominada de libre disposición de sus bienes, es decir, que de toda su masa sucesoral o sea el 100%, puede disponer de un 25%, para dejarlo a quien él quiera, por ejemplo a su esposa, a un amigo, una fundación, un sobrino o quien que determine. Debido a que el testamento es un acto solemne debe hacerse ante Notario, que puede ser de dos maneras: abierto o cerrado. El testamento cerrado es secreto, el testador lo lleva ante el notario con sus testigos, en sobre cerrado. Lo que contiene el testamento solo lo sabe la persona que lo redactó, y se conocerá su contenido sólo hasta el momento de su muerte cuando se haga la apertura. Cuando el testamento es abierto, que es el más común. el testador lo lleva a la notaria para que sea elevado a escritura pública, y el día de la firma de la misma, debe acudir el otorgante con sus testigos, para que el Notario haga lectura ante éstos. Una vez concluya la lectura se podrá firmar. Por último, es de aclarar que el testador puede revocar su testamento en cualquier momento, puede hacerlo de manera parcial o total, sin importar qué pueda cambiar, respecto de uno o varios de sus designados. Si requieres más información de este y otros temas no olvide que cuenta con chat de ayuda en línea para todos los trámites legales en Colombia. |
En el testamento solo es posible disponer libremente del 25% de la herencia |