Muchas mujeres por cuenta de la cuarentena están encerradas con sus maltratadores. Teniendo en cuenta que somos todos los que estamos en casa, nuestra recomendación es sencilla
Si tienes miedo, si algo te pasó, si te están haciendo algo. GRITA. Durante el aislamiento que debe llevarse a cabo, debido a la propagación del COVID-19, existe un peligro inminente, el encierro oculta y que permitiría no evidenciar los efectos del maltrato intrafamiliar, lo que puede hacer pensar al maltratador que puede repetir su comportamiento una y otra vez. Bien sea porque tanto tiempo en el hogar convierta la casa en un ambiente de tensión y agresión o porque el país está lleno violentos y cobardes, tenemos que prestar especial atención a la violencia intrafamiliar. Cuando las personas están encerradas sin posibilidad de salir, las conductas agresivas o violentas, el encierro y los entornos reducidos son un caldo de cultivo para acciones reprochables en el hogar. Se trata de la vulnerabilidad total en el que se puede ejercer casi que impunemente violencia física y moral sobre sus parejas e hijos. Dada las situaciones de violencia y abuso que pueden llegar a presentarse durante la cuarentena, más especialmente sobre mujeres y niños, el Presidente de la República ha expedido el Decreto 460 de 2020, mediante el cual se busca garantizar la prestación del servicio de las Comisarías de Familia del País, en el marco del Estado de Emergencia por el COVID-19. “Así lo informó este lunes el Presidente Iván Duque Márquez, en su cuenta de Twitter: “Durante el Aislamiento Preventivo Obligatorio por el Covid 19, las Comisarías de Familia prestarán sus servicios sin interrupción. Firmamos Decreto 460 que establece que alcaldes y gobernadores deben garantizar su funcionamiento. Las familias son nuestra prioridad”. En efecto, el Decreto 460 del 22 de marzo les ordena a los alcaldes distritales y municipales garantizar la atención de las Comisarías de Familia del país, para que actúen frente a la protección en casos de “violencias en el contexto familiar” y adopten medidas de urgencia para proteger a niñas, niños y adolescentes. •La norma, igualmente, ordena a las comisarías establecer criterios de priorización del servicio y atención personalizada para casos de riesgo de feminicidio, violencia y acoso sexual, violencia psicológica y física, amenazas o hechos de violencia en general contra niños, niñas, adolescentes, mujeres, adultos mayores y personas en situación de discapacidad. • El Decreto también señala que “es deber de los comisarios de familia” informar de manera inmediata a la Secretaría de Salud o Dirección Territorial de Salud, sobre cualquier caso en el que pueda existir sospecha de contagio de Coronavirus COVID-19”. Aunque las Comisarías de Familia tienen la obligación de prestar un servicio de atención personalizada a las víctimas de casos de violencia doméstica, psicológica y física, así como acoso sexual, posible intento de feminicidio y maltrato infantil, dada la situación de salubridad por la que atraviesa Colombia actualmente, el Gobierno Nacional ha dispuesto medios telefónicos y virtuales, de uso exclusivo de las Comisarías de Familia y así poder brindar orientación psicológica y asesorías jurídicas de manera permanente en donde se incluyen hasta seguimiento a los casos. En todo caso, como refuerzo a la labor encomendada a las Comisarías de Familia, la Fiscalía General de la Nación también dispondrá de canales de orientación permanente y así fortalecer las labores de las comisarías de familia y de la policía nacional. Como podemos evidenciar, se han encendido las alertas, para así evitar que la llegada del COVID-19 no cobre más víctimas en nuestro país y es que debemos estar muy atentos ante estas situaciones y de ser presentadas, buscar ayuda inmediata, avisar a las autoridades competentes y además servir como apoyo a las víctimas, es el momento de auxiliarse y socorrerse mutuamente. A continuación, daremos a conocer algunas fórmulas para sobrellevar más armónicamente el aislamiento en nuestros hogares: QUÉ HACER EN CASO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y VIOLENCIA CONTRA LA MUJER. VIOLENCIA INTRAFAMILIAR: 1. Dirigirse a la Comisaría de Familia de la localidad. Se trata de un evento de fuerza mayor. 2. Brindar la entrevista para recibir orientación en el caso. 3. Medidas de protección: las puede solicitar la víctima o la persona que represente legalmente los intereses de la víctima. 4. El defensor solicita una audiencia que puede desarrollarse por medios virtuales. En ella se adoptaran medio de protección temporales. 5. Seguimiento de las medidas de protección: los Comisarios de Familia deben contar con un mecanismo o herramienta que les permita establecer si se han cumplido y han sido efectivas las medidas de protección, si cesaron las violencias de género en el marco de la violencia intrafamiliar o si se restablecieron los derechos de las víctimas. VIOLENCIA CONTRA LA MUJER: 1. Solicitar ayuda a la línea 155 o a la línea púrpura -a través del número gratuito 01 8000 112 137 o del WhatsApp 300 755 18 46- presta asesoría y protección las 24 horas, los siete días de la semana. 2. Acudir de inmediato a un hospital o centro hospitalario 3. Denunciar el acto violento en la Fiscalía General de la Nación, Comisaría de Familia y Policía Nacional 4. Si se es menor de edad se debe denunciar el caso ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). 5. Solicitar una medida de protección. Si requiere más información de Divorcio en Colombia puede consultar en nuestra línea en Bogotá 9260348 / WhatsApp 3223621928 o si prefiere puede enviarnos todas sus consultas a [email protected].
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