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El patrimonio de la empresa y el patrimonio del empresario.

5/23/2020

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​La razón fundamental del nacimiento de las empresas como figuras jurídicas, lo que conocemos como la ficción de la personería jurídica, tiene su base en la necesidad de una separación patrimonial que no confunda los bienes del empresario con los de su empresa.
 
Usamos las empresas en el día a día para que las personas puedan desarrollar sus ideas y aportar un capital que será el único comprometido con la ventura o desventura de sus ideas. 
 
Es así como ocurre que, si cualquier emprendedor autónomo (sin empresa) fracasa en su negocio, debe responder con todo su patrimonio, solo matizado con figuras que permiten excluir  la vivienda familiar,  cierto monto de su cuenta de ahorros, salario -si existe- y pensión.
 
Pero si ese emprendedor constituye una compañía, da nacimiento a una nueva persona (es ahí donde esta la ficción) lo que le permite separar su patrimonio del capital de la empresa.
 
A partir de ese momento, si la empresa ganara un contrato, los ingresos son propiedad de ésta  y no de sus socios, quienes los podrán recibir como dividendos al finalizar el ejercicio social; así mismo si la compañía pierde varios contratos y quiebra, quien quiebra es ésta y no el empresario. Son personas diferentes y los efectos jurídicos y económicos de sus actos se radican en uno u en otro, de manera independiente. 
 
El grado de responsabilidad varía dependiendo del tipo societario que se constituya. Así, en una Sociedad Colectiva la responsabilidad del socio es total, mientras que si se trata de una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.), solo se afectará la responsabilidad de sus accionistas en casos muy específicos. Ésta es en gran parte la razón por la que más del 90% de las empresas que se constituyen en Colombia son S.A.S, si bien otra motivación es la reducción de los costos de constitución.
 
Esta teoría es el deseo incumplido de los emprendedores con un capital pequeño, pues quienes contratan con ellos desconfían de ese único monto para asumir las obligaciones que adquieran, por lo que en la mayoría de contratos, que van desde sacar un celular hasta un contrato de suministro, solicitan la firma del emprendedor como codeudor, lo que lo convierte directamente en responsable de las obligaciones de la empresa. Para evitar esta situación es necesario entonces asignar un capital que  pueda dar certeza a los terceros.
 
La existencia de sociedades es un invento moderno que ha permitido dinamizar el comercio y permitir a los emprendedores no morir con sus ideas,  es la forma como se puede separar para no arriesgarlo todo bajo una idea de negocio

​Si tiene cualquier duda respecto a cualquier tema relacionado con crear empresa en Colombia, puede consultarnos en jnoriega@gestionlegalcolombia.com Nuestra página web. http://www.gestionlegalcolombia.com/ Nuestro blog sobre crear empresa http://crearempresacolombia.blogspot.com/
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