Antes de una demanda viene una conciliación, es su introducción, su prólogo o exordio. Siguiendo la lógica de Bukowski, ¿Por qué bebo alcohol?. Porque ninguna buena historia comienza con un “estaba yo comiéndome una ensalada”
Una buena demanda suele tener su primer capítulo en una sala de conciliación más o menos decente, en donde evidentemente nadie quería más que medir sus propias fuerzas. Antes de demandar casi siempre lo van a citar a una conciliación por diferentes motivos. 1) Porque en muchos casos es requisito de procedibilidad, es decir, que sin conciliación no se puede demandar 2) Porque es un procedimiento rápido, la gran cantidad de centros de conciliación permite ubicar una fecha próxima para realizar la reunión. A propósito, hay que saber cuando parar, solo en el informe del año 2014 habían 353 centros de conciliación en el país con decenas de conciliadores cada uno, un día va a ver más conciliadores que asuntos a conciliar. 3) Porque es obligatoria, la no asistencia a la audiencia de conciliación tiene como consecuencia un indicio grave en contra de quien no compareció. 4) Es económica, a pesar que las tarifas pueden parecer altas, resolver los problemas antes de entrar en un proceso judicial permite ahorrar años de audiencias, abogados y angustias Una citación a conciliar se traduce normalmente como una demanda próxima, pero como es imposible enfrentar algo que no ha ocurrido, le recomendamos que tenga en cuenta los siguientes consejos para lo que tienen en frente, su audiencia de conciliación: 1) No es necesario que lleve abogado, de hecho un buen conciliador no permitirá que los abogados hablen, somos los mensajeros de los problemas, las soluciones suelen provenir de quien soporta los efectos de los mismos. 2) Asista siempre, en caso de no hacerlo, recuerde que su conducta podrá ser considerada como indicio grave en contra de sus pretensiones o de sus excepciones de mérito en un eventual proceso judicial, salvo en materias laboral, policiva y de familia. 3) Si no puede asistir, porque no se encuentra en el país, porque se enfermó o tiene alguna excusa que justifique su inasistencia, envié una comunicación al conciliador para que se fije una nueva cita. 4) Debe ir personalmente, solo es posible hacerlo por intermedio de apoderado si el domicilio de alguna de las partes no esté en el circuito judicial del lugar donde se vaya a celebrar la audiencia o alguna de ellas se encuentre fuera del país. 5) No se preocupe por lo que manifiesta o las fórmulas que plantee, lo que se dice en una audiencia de conciliación no puede ser usado en su contra en un eventual proceso, ni el conciliador ni quienes están en la reunión pueden ser citados como testigos. 6) Por último, revise sus posibilidades reales en un proceso judicial, si está destinado a perder, es mejor buscar una fórmula de negociación que les permita a ambas partes ganar. No necesita entonces un abogado en la audiencia, pero antes de ir, consultelo. La justicia en Colombia funciona mal, muy mal, es lenta e imprecisa, la posibilidad de solucionar un conflicto por fuera de sus límites y entre las partes es por mucho una muy buena opción. Si tiene cualquier duda respecto a cualquier tema relacionado con crear empresa en Colombia, puede consultarnos en [email protected] Nuestra página web. http://www.gestionlegalcolombia.com/ Nuestro blog sobre crear empresa http://crearempresacolombia.blogspot.com/
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